lunes, 29 de octubre de 2018

SE APROBARON TRES IMPORTANTES LEYES LABORALES

Al límite del plazo reglamentario (el artículo 229 de la Constitución establece que el Parlamento “no puede aprobar presupuestos, crear cargos, aumentar salarios ni pasividades, aprobar aumentos en partidas de jornales y contrataciones en los doce meses anteriores a la fecha de las elecciones ordinarias”) el Parlamento aprobó la semana pasada - en todos los casos por unanimidad -  tres importantes leyes que refieren a cuestiones laborales.
1. El 23 de octubre el Senado aprobó por unanimidad de 26 senadores presentes,  un proyecto de ley que fomenta el empleo juvenil, incentiva la creación de nuevos puestos laborales y flexibiliza el acceso de los jóvenes al mercado laboral. El documento surgió a partir de las propuestas impulsada desde los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social; de Industria, Energía y Minería; de Economía y Finanzas y de Transporte y Obras Públicas.

            La nueva ley no innova, sino que establece una serie de modificaciones a la Ley Nº 19.133 de 20 de setiembre de 2013, como por ejemplo cambios en los plazos, reducción de los períodos de prueba y, en ocasiones, eliminación de esas pruebas con el objetivo de “hacer más atractivo el uso de dicha herramienta jurídica y por ende incentivar la contratación de jóvenes conjugando la misma con la formación”.
            Otras disposiciones apuntan a fortalecer el Programa de Promoción de Emprendimientos Juveniles del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional mediante subsidios a las empresas cuyos titulares tengan entre 18 a 29 años.
            La ley entrará en vigencia el 1° de enero de 2019, y el Poder Ejecutivo dispone para reglamentarla de un plazo de 60 días a partir de su promulgación.
2. El mismo 23 de octubre el Senado aprobó con los votos de todos los partidos la ley por la cual se crea, en el ámbito del Banco de Previsión Social, el Fondo de Garantía de créditos laborales ante la insolvencia del empleador. El Fondo, que operará en los casos de insolvencia patronal, será administrado por el Banco de Previsión Social y solventado por una contribución especial patronal de hasta 0,025% “de las partidas que constituyan materia gravada”.






3. El día 24 de octubre la Cámara de Diputados aprobó finalmente por unanimidad la ley de empleo para personas con discapacidad, que fuera aprobada . con algunas modificaciones - la semana anterior por el Senado. La ley prevé que toda empresa privada que cuente con 25 o más trabajadores permanentes, a partir de la vigencia de la ley, deberá contratar progresivamente hasta un 4% de trabajadores con discapacidad. Dicho porcentaje se calculará sobre el total de “trabajadores permanentes” (aclaración introducida por el Senado), con lo cual se excluyen para el cómputo los trabajadores zafrales y otras eventuales situaciones de contratación atípica.
         
Los textos aprobados pasaron ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación.





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