jueves, 24 de septiembre de 2015

EL COLISEO, ¡UN SERVICIO ESENCIAL!



El 18 de setiembre pasado largas colas de turistas se formaban ante el Coliseo, la Termas de Caracalas y la zona de los Foros Imperiales en Roma, porque una asamblea sindical organizada por los funcionarios de los Bienes Culturales había cerrado el acceso a estos lugares. Los motivos de la huelga estaban vinculados a la falta de seguridad en las zonas arqueológicas los dias feriados, la escasez de funcionarios y la competencia de trabajo “disfrazado” (pasantes y voluntarios). 


La reacción del gobierno fue inmediata: declarar la esencialidad de los servicios que se brindan en el Coliseo y en los demás bienes culturales. El Decreto-ley Nº 146 del 20 de setiembre pasado (aclaramos que un “decreto-ley” es en Italia un decreto con effecto inmediato, que si no es impugnado por el Parlamento, se convierte posteriormente en ley)  agrega a la Ley Nº 146 de 12 de junio de 1990 sobre servicios esenciales, las siguientes palabras: (son considerados servicios públicos esenciales...) “la abertura al público de museos y lugares de la cultura”. Extrañamente – luego de 25 años – el Nº 146 se repite en la compleja cuestión de la huelga en los servicios esenciales
Evidentemente en la confrrontación entre huelguistas y turistas, ganaron los turistas, que no son poca cosa en la economía italiana. Habrá que ver ahora que sucederá en la confrontación entre huelguistas y gobierno...
Ello me recuerda una similar decisión del gobierno español a fines de la década del ’80 que declaró esenciales los servicios del Museo del Prado.
            ¡Que noción compleja la que refiere a la esencialidad de los servicios! No hay dudas que en todo el mundo se cuecen habas.     

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