lunes, 11 de diciembre de 2023

Europa aprueba la "IA Act"

Tras más de dos años y medio de debate (el proyecto se presentó por primera vez en abril de 2021), y tres días (desde el miércoles de tarde al viernes de noche)  de intensas negociaciones finales, la Unión Europea aprobó el viernes 8 de diciembre la IA Act o Ley de Inteligencia Artificial.
Más que una ley – en los términos en que definimos el término – se trata de una serie de reglas que limitan o prohiben la intervención de la Inteligencia Artificial, que deberá ser ratificadas por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión (esta última es la institución que representa los países de la Unión).
    El texto es considerado como la normativa más amplia aprobada al presente que establece reglas en la materia: un texto menos importante fue aprobado en agosto por China en materia de IA generativa. Entre los principales criterios que establece la nueva reglamentación se señala la prohibición de los sistemas biométricos para identificar las personas y la extracción indiscriminada de rostros de internet.     Como siempre, se establecen excepciones, como por ejemplo la posibilidad que la policía pueda utilizar sistemas de identificación biométrica en espacios públicos para la prevención de determinados delitos. Entiendo en una primera aproximación que la reglamentación estaría impidiendo al empleador de establecer sistemas de control en base a datos biométricos, cuestión extensible al poder que tiene hoy la tecnología “wearable” o de la llamada “ropa inteligente”. 
    También las normas incluyen requisitos para consolidar el principio de la transparencia, que se aplicarán a los modelos de IA llamados de “propósito general”. como el GPT-4 de OpenAI, que promueve el ChatGPT. La IA de propósito general (IAPG) es también conocida como inteligencia artificial fuerte y se diferencia de la IA de propósito específico (IAPE), por ser capaz de resolver una amplia variedad de problemas, en lugar de estar diseñada para resolver un problema específico.
    La IA Act muestra cierta flexibilidad en función del tipo de riesgo que produce la Inteligencia Artificial. Se establecen así niveles de riesgo que van desde los más bajos y tolerables hasta los más altos e “inasumible”. Para la IA de "riesgo mínimo", la normativa establece una serie de recomendaciones, sin específicas obligaciones. En cambio, en los casos de IA de alto riesgo (los ejemplos que se ponen son lo relacionado con infraestructuras críticas, como instalaciones de agua, gas y electricidad o dispositivos médicos), se establecen normas de estricto cumplimiento, que incluyen sistemas de mitigación de riesgos, registros de actividad, controles y supervisión, y aportación de información clara y precisa.
    El nivel, llamado de "transparencia específico", establece la obligación de comunicar a los usuarios - en el caso de los chatbots - que están interactuando con una máquina. Finalmente, el nivel de "riesgo inaceptable" incluyel a las IA que "manipulan el comportamiento humano para eludir el libre albedrío de los usuarios". En esos casos, lisa y llanamente se establece la prohibición. 
Las nuevas normas de la Unión Europea – una vez concluido el trámite de la ratificación – tendrán evidentes efectos obligacionales para empresas como Google, OpenAI, Meta, Apple, Microsoft, etc. 
Como hemos ya expresando, la normativa de la Unión Europea – que ya incluía el “Reglamento General de Protección de Datos del Parlamento Europeo” (RGPD), en vigencia el 24/05/2016, con aplicación a partir del 25/05/2018, a la que ahora se agrega la IA Act – debe servir como fuente de derecho comparado de altísimo nivel, para guiar las decisiones jurídicas a nivel administrativo (AGESIC) y parlamentario en nuestro país. En efectos, hoy la normativa europea es la principal fuente de derecho comparado en una materia - compleja y difícil de regular -, que impacta cada vez más sobre el sistema de relaciones laborales.  

 

2 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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