martes, 5 de marzo de 2019

Roma o del “servicio” doméstico


Voy a animarme a decir algo a contramano de la opinión de críticos de cine y
organizadores de festivals e intelectuales posmodernos: ¡no me gustó la película Roma!
Más allá de su valor artístico, que tampoco me pareció excepcional, hay algo que no me cierra de esta película que arrasa con todos los premios. Entiendo que cuando una obra artística refiere a temas centrales como el trabajo, el género, la raza, nunca puede ser neutra. La neutralidad no es tal, sino que se vuelve una toma de posición por “omisión”.
¿Que quiero decir? Roma muestra la vida dura de una trabajadora doméstica desde la primera a la última escena. En algún momento la película parece querer tomar la vía de la denuncia, pero luego calla y concluye en el edulcorado abrazo en la orilla del mar entre la patrona, los hijos de la patrona y la “criada” y la vuelta a casa donde todo sigue igual, mientras los aviones surcan el cielo.
El Sr. Cuarón afima que la pelicula se basa en sus recuerdos de infancia, en la memoria, en Libo (Liboria Rodríguez), la nana que cuidó al director de cine desde que éste era bebé y que inspiró al personaje de Cleo. Al final de la película me quedo con la idea que el Director en algo “extraña” esa visión idílica de la explotación humana.
Porque efectivamente la película nos lleva a un tiempo de patronas y “criadas” (ese era el nombre con que se identificaba a las trabajadoras domésticas), época en la que el trabajo remunerado en tareas del hogar no era considerado trabajo, sino un “servicio” humano: por eso se sigue hablando de “servicio doméstico” y no de “trabajo doméstico”.
Esta diferencia no es menor y es posible encontrar trazas en prestigiosa doctrina laboral del pasado. Nada menos que Cabanellas indicaba que si bien en el contrato de servicio doméstico existía subordinación y prestación de servicio remunerado, no estábamos en presencia de un verdadero contrato de trabajo porque la relación entre las partes no era la común entre un patrono y un trabajador: “La calidad del sujeto del contrato - afirmaba - permite aquí definir, en parte, la naturaleza del vínculo. El dueño de casa, que en tal carácter contrata los servicios de una persona para que realice las tareas domésticas, no pacta un contrato de trabajo por más que el contratado sea un trabajador. El lugar de la prestación o la calidad de aquél a quien se prestan los servicios son elementos a tener en cuenta. En el servicio doméstico no existe, como ya dijimos, relación de dependencia pues la relación es puramente familiar y, además falta el interés especulativo que debe existir entre los pagado por el patrono en razón del trabajo y la producción por la venta o especulación efectiva sobre éste” (Contrato de trabajo, T. IV, Buenos Aires 1964, pp. 110 y ss).
            En nuestro derecho, De Ferrari en 1969 (también época cercana a la realidad que muestra la película Roma) afirmaba: “En las relaciones entre amo y criados hay locación y no contrato de trabajo propiamente dicho. Como se sabe, en los dos contratos hay una actividad subordinada, pero mientras en el arrendamiento de servicio existe una verdadera locatio hominis, es decir hay goce temporario de la actividad ajena, y ésta está dirigida sin limitaciones por una de las partes conforme corresponde a la idea de locación, el contrato de trabajo cumplido normalmente en fábricas y talleres es una variedad de los contratos de actividad caracterizada por las limitaciones que la legislación ha impuesto a la facultad de dirigir libremente la actividad ajena. De Ferrari remataba esta idea, señalando  que el trabajo doméstico “conserva parte de su origen y sentido esclavista... irreconciliable con la dignidad humana” (Derecho del Trabajo, T. II, Buenos Aires 1969, pp. 41 y ss.
            Por suerte, Sr. Cuarón, hoy la realidad es otra. Nuevas leyes y un Convenio Internacional del Trabajo - el N° 189 - reconocen la dignidad de “las trabajadoras y trabajadores domésticos”. Dejemos de complacernos con un pasado de explotación y miremos hacia la construcción de trabajo decente, también en la labor doméstica.
            Y de paso, un mensaje a los representantes del Consejo Superior Tripartito: cambiemos el nombre del Grupo 21, dejemos de lado la expresión “servicio doméstico”, para llamarlo en un sentido moderno “trabajo doméstico”.

3 comentarios:

  1. Felicitaciones prof. Juan Raso por su colocación, estoy de acuerdo en que la película se mantuvo neutra y permitió pasar una excelente oportunidad para abordar lá cuestión del trabajo doméstico, discriminación de género, entre outros.
    Fernanda

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  2. Excelente análisis, tambien comparto lo expresado por usted. Lo que si me paso y quiero compartir es que al verla me refresco los maravillosos logros en nuestro derecho positivo con respecto al trabajo dómestico.
    Ojala sigamos avanzando!!! Abrazo
    Saludos.

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