Luego de dos años de intensas negociaciones, el
miércoles pasado 13 de diciembre la Unión Europea alcanzó un acuerdo en torno a
un proyecto de Directiva que pretende regular las condiciones laborales del
modelo de trabajo via aplicaciones, caracterizado en especial por los choferes
de Uber y los repartidores.
Si
bien aún no son conocidos todos los detalles de la futura Directiva europea,
la misma establece una presunción de laboralidad o
subordinación, cuando el vínculo contractual reúnan determinadas condiciones.
Será una presunción simple, por lo cual corresponderá en tal caso a la empresa
demostrar que la prestación era autónoma. A los trabajadores alcanzados por la
presunción de laboralidad, se les garantizarán los derechos laborales correspondientes.
De todos modos, según los
expertos, la Directiva solo alcanzará a una limitada parte de las personas que
prestan servicios a través de aplicaciones. En efectos, en la UE se calcula que
el número de trabajadores de aplicaciones es de 30 millones de personas que
trabajan para aproximadamente 500 plataformas, estimándose que los trabajadores
que se beneficiarán con la Directiva serán solo 5,5 millones, es decir menos
del 20%.
¿Cómo
se determina la presunción de laboralidad? La Directiva establece un criterio
bien curioso: existirá una presunción de subordinación si los trabajadores cumplen con dos criterios de
los cinco previstos por sus reglas.
Los criterios previstos son: a)
la determinación por parte de la plataforma del nivel de dinero que recibe el trabajador, b) la supervisión de su
rendimiento, c) el control sobre la distribución o asignación de tareas, d) el
control también sobre las condiciones de trabajo y horario y e) las
restricciones acerca del vestuario o la conducta. Esta lista puede ser ampliada
por los Estados en su legislación nacional.
Otra
interesante novedad refiere al hecho que se establecen a nivel europeo reglas
que alcanzan el uso de algoritmos e IA en el trabajo. En efecto el proyecto de Directiva
– en linea con lo ya establecido en la ley de riders en España
(recordemos que actualmente España ocupa la presidencia del Consejo de la UE) -
protege a los trabajadores contra el uso abusivo de ciertos datos personales y el
entramado de los algoritmos, obligando a sustituir ciertas decisiones de la
aplicación por una supervisión humana.
Como indica
Catalina Guerrero (EuroEFE, 13/12/23), la nueva normativa impedirá que las
plataformas puedan utilizar sistemas automatizados de supervisión y toma de
decisiones sobre el estado emocional de los trabajadores ni sobre sus
conversaciones privadas, así como tampoco con relación a sus datos biométricos.
La Directiva impide además que cualquier decisión de terminar, restringir
o suspender una relación laboral sea tomada en base a un algoritmo, al tiempo
que los representantes de los trabajadores tendrán acceso a la información
completa y detallada sobre los sistemas automatizados de supervisión y toma de
decisiones utilizados por la plataforma.
Ahora
el proyecto pasará al Consejo y al Parlamento europeos, que deberán formalmente
transformarlo en una Directiva. Luego los países miembros de la UR tendrán dos
años para traspasar las normas al derecho nacional.
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