Estamos en plena época de campaña electoral y los informativos, los
debates, las charlas de café polarizan la posición de los uruguayos en diversos
temas: seguridad, educación, políticas de inversión y asistenciales, etc.
Pese a que las
relaciones laborales son centrales en la vida y el desarrollo del país, no oigo
hablar mucho de los planes de los diversos partidos políticos en materia
laboral. ¿Que sucederá con la Consejos de Salarios o con la regulación de las
ocupaciones? ¿Como se enfrentará el desempleo estructural producto de los
rápidos cambios tecnológicos? ¿Que reglas ajustar en la administración de la
seguridad social? Desde mi perspectiva son temas de especial interés en la
actualidad y sin embargo poco se habla de ellos; y si se habla, no se concretan
ideas sobre las medidas que cada partido considera que deberán tomarse.
En un reciente
encuentro promovido por la Consultora PwC tuve la oportunidad de expresar algunas
ideas sobre el futuro de las relaciones laborales en Uruguay en el próximo
período de gobierno (2020-2025).
Introduje algunas breves referencias a la Teoría Sistémica de John
Dunlop, recordando que el desarrollo de las relaciones laborales responde al
rol que juegan los actores (Estado, sindicato y empleadores), pero también inciden
fuertemente los diversos contextos en que se desenvuelven las relaciones
laborales, como son las circunstancias políticas, tecnológicas y económicas de
un país.
Desde esa perspectiva,
supuse dos escenarios: el primero referido a que el partido de gobierno gane
nuevamente las elecciones; el segundo, que el gobierno corresponda a un partido
de la oposición, aunque al momento actual no podemos asegurar cual será en
definitiva el partido victorioso.
En la hipótesis de
ganar el Frente Amplio, no imaginamos grandes cambios. El futuro gobierno
debería trabajar en pocas, pero definidas líneas: la aplicación con carácter
general de los Resolución N° 400 sobre regulación del conflicto, extendiéndola
a todo el sistema de relaciones laborales (es decir, no limitada al caso UPM);
una moderada gobernanza del sistema de consejos de salarios, dependiendo
también de las variables económicas y de desocupación que puedan producirse y
finalmente resolver el tema siempre pendiente de la “queja en la OIT” (siempre
que no se resuelva en los próximos meses). En materia de derecho individual, deberían
implementarse medidas para atemperar el desempleo estructural, normas sobre la
nueva realidad del trabajo semi-autónomo y en derecho individual del trabajo
queda abierta la cuestión de la ratificación del Convenio Internacional del
Trabajo N° 158 sobre el despido con justa causa (pero con escasas probabilidad
de ratificación en virtud de la dificultad de conseguir mayoría parlamentarias
y por la presencia de UPM, que significará en muchos temas laborales un límite
a la acción gubernamental en materia de trabajo). Finalmente, se planteará el
debate de cómo organizar o reorganizar la seguridad social: probablemente
cambiarán los métodos de financiamiento de la misma, en una realidad donde
disminuye inexorablemente el trabajo subordinado, principal expresión de la
financiación del sistema.
¿Pero qué acontecerá si
un partido de la oposición gana las elecciones?.
En primer lugar debe
señalarse que hoy vemos cambios en el panorama electoral: en los últimos años
el contexto político nacional ha visto la presencia de dos partidos hegemónicos
(el Frente Amplio y el Partido Nacional); en pocos meses el contexto político
se ha modificado, permitiendo afirmar que estamos pasando de un sistema “bipartito”
a un sistema “pluripartito” (como en España o Italia) donde toda acción de
gobierno de la actual oposición requerirá negociaciones entre quizás tres
partidos para alcanzar mayorías parlamentarias, lo cual es una dificultad para
la realización de cambios drásticos.
En nuestra visión, que
es la visión de las relaciones laborales, vaticinamos que no existirán cambios
bruscos o innovaciones regulatorias, como han existido en Brasil o en Francia. Tampoco
se aprobará una ley sobre la huelga y cualquier regulación de las ocupaciones
deberá ser prudente, tomar en cuenta las características de nuestro país, bajo
pena de sufrir la consecuencia de muchas leyes latinoamericana: su no
aplicación.
En nuestra opinión no
parece oportuno que la actual oposición innove excesivamente en materia
legislativa; sería preferible actuar a partir de los instrumentos normativos ya
vigentes.
A nivel de Consejos de
salarios, podrían señalarse estas posibles líneas:
a) Ajustes en algunas normas de la Ley 18.566, en
la linea de las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo
como el fortalecimiento de la negociación
a nivel de empresa y la eliminación de las condiciones de trabajo como objeto
de negociación a nivel de Consejos;
b) Utilización del mecanismo del “descuelgue”,
para trasladar parte de la negociación del nivel de actividad al de empresa;
c) El Consejo Superior Tripartito podría decidir de
forma distinta que en el pasado sobre la clasificación de los grupos y los
niveles de negociación bipartita y tripartita.
En materia colectiva,
el nuevo gobierno se planteará la cuestión de la regulación del conflicto. Parecería prudente innovar con moderación y
hacerlo a partir de criterios, que puedan avalar las decisiones a adoptar:
a) aplicación de la
Resolución UPM 15/7/2019 y extensión de la Resolución a todos los ámbitos
laborales
b) En base a la
observación de la OIT podría aprobarse un decreto o una ley que no deje de reconocer
que la ocupación es un derecho de huelga, pero estableciendo por un lado mecanismos
de enfriamiento similares a la Resolución UPM, y reafirmando en todo caso el
derecho de los propietario de la empresa y de los trabajadores que quieran
trabajar de ingresar al establecimiento, como lo indica las recomendaciones de
la OIT. Imaginar más sobre la regulación de las ocupaciones o el conflicto
parece arriesgado.
c) En materia de
seguridad social, también un gobierno de la actual oposición deberá plantearse
una reformulación del sistema financiero de la seguridad social. En este caso
serán necesarias amplias dosis de diálogo social y mucha cautela a la hora de
mover los engranajes previsionales.
Finalmente en nuestra
exposición hemos recordado que, como indica nuestro colega Gerardo Cedrola, “las relaciones laborales son relaciones de fuerza, donde lo que
importa es determinar quien toma las decisiones y de qué manera...”. Las
relaciones laborales implican relaciones de poder - donde los actores (y en
especial los sindicatos) siguen teniendo amplias dosis de fuerza a la hora de
definir las reglas del juego del sistema.
Entendemos por lo tanto que en los
próximos 5 años podrá haber cambios en la regulación del sistema de relaciones
laborales, pero no de particular magnitud. Las normas y las prácticas podrán
reajustar las relaciones de poder entre las partes en el sistema, pero no de la
forma en que cada actor del sistema (actores políticos y sociales) pretenda
hacerlo.
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