En las relaciones laborales todo
tiene que ver con todo, porque el tema del trabajo es transversal a todos los sectores
de la sociedad.
Comparto con ustedes una experiencia
de estos días, que considero interesante. Estoy estudiando el tema del Mercosur
y su Declaración Sociolaboral y, por otra parte, la Asociación Down del Uruguay
(ADdU), me invita a participar en un proyecto de inclusión laboral de personas
con esa discapacidad intelectual. Todo ello en un contexto en el que se debate
en Uruguay un proyecto de ley de inclusión laboral de las personas con
discapacidad. Este proyecto además tiene la particularidad de haber sido aprobado por unanimidad (!) por la Cámara de Diputados el 16 de
octubre de 2016..
Este cruce de temas (trabajo,
Mercosur y discapacidad), me ubica en una norma de la Declaración Sociolaboral,
que no recuerdo que esté muy presente en
la agenda regional. Me refiero al art, 2 de la Declaración de 1998, reformulado
en el art. 6 de la Declaración de 2015.
La norma del año 1998 expresaba:
“Art. 2. Promoción de la igualdad
Las
personas con discapacidades físicas o mentales serán tratadas en forma digna y
no discriminatoria, favoreciéndose su inserción social y laboral.
Los
Estados Partes se comprometen a adoptar medidas efectivas, especialmente en lo
que se refiere a la educación, formación, readaptación y orientación
profesional, a la adecuación de los ambientes de trabajo y al acceso a los
bienes y servicios colectivos, a fin de asegurar que las personas
El
nuevo texto del año 2015 señala con más precisión:
“Art. 2. Igualdad
de oportunidades y de trato para trabajadores con discapacidad
1.
Las personas con discapacidad tratadas serán tratadas de forma digna y no
discriminatoria, favoreciéndose su inserción social y laboral.
2. Los Estados Partes se comprometen a adoptar y articular
medidas efectivas, especialmente en lo que se refiere a la educación,
calificación, readaptación y orientación profesional, a la accesibilidad y a la
percepción de bienes y servicios colectivos, a fin de asegurar que las personas
con discapacidad tengan la posibilidad de desempeñar una actividad productiva
en condiciones de trabajo decente”.
Ambas
normas son claras; no requieren especialistas para interpretar su sentido. A
través de la Declaración Sociolaboral del Mercosur, los Estados y sus gobiernos
se han comprometido a llevar adelante políticas de educación y formación
profesional, con la finalidad de que las personas con discapacidad puedan
“desempeñar una actividad productiva en condiciones de trabajo decente”.
Ante
esta norma tan clara, ¿como debemos actuar? ¿cuales son las responsabilidades
del Estado y de la Sociedad? Temo que miremos para el otro lado y esta norma al
presente es solo una expresión más del juridicismo retorico latinoamericano.
La
Declaración Sociolaboral del Mercosur tiene el enorme valor de haber sido
consensuada por todos los actores sociales y fue aprobada en dos versiones con
gobiernos de diversa ideología. Es por lo tanto un documento sobre el cual no
es posible discrepar.
El texto firmado el 17 de Julio de 2015 en la ciudad de Brasilia - como
ha expresado Castello - pone como centro
de las políticas públicas al trabajo digno y el empleo decente, incrementando
la intensidad y profundidad de los principios, derechos, libertades y compromisos
contenidos en la Carta anterior. Más allá de que la Declaración no constituye
una de las fuentes formales de Derecho enumeradas en el Protocolo de Ouro
Preto, es indudable que la misma al reconocer derechos humanos fundamentales,
tiene efecto jurídico vinculante, pudiendo ser invocada por los particulares
ante los tribunales nacionales.
Entendemos que el compromiso
asumido por nuestro país en el referido documento constituye un razón más para
aprobar cuanto antes por parte del Senado el proyecto de ley sobre inserción laboral de personas con discapacidad
en el ámbito privado. Lo reclama la solidaridad ciudadana y compromete a ello
la Carta Sociolaboral del Mercosur.
Buenas noches.Disculpe la ausencia pero tengo mucho trabajo. Igual le sigo.
ResponderBorrarEs difícil hablar de inclusión cuando en los hechos la ro-botica excluye cada ves mas. Este tipo de normativa en concreto es mas un abrazo en la bandera. Si bien es indiscutible desde el punto de vista ético nos encontramos frente a un escenario extremadamente complejo. Y lo que usted piensa hoy se vera mañana. La inteligencia artificial esta en la esquina y el desafió es enorme. Todos los seres humanos estamos sin saber en donde vamos a encajar en el futuro. Por lo tanto en Alemania se trabaja 36 horas y tal ves 24 en algun segmento. Lo que viene como tendencia es el trabajo hacia el turismo y el ocio. Las personas trabajan menos y viven mas.En este contexto toda normativa a incluir es debidamente correcta desde el punto de vista ético. Pero su aplicación no es sencilla porque esta muy desordenado el futuro en esta materia.
Hasta luego estimado profesor.