lunes, 2 de octubre de 2017

REFORMA MACRON: UNA PECULIAR FORMA DE TELETRABAJAR



Las 5 ordenanzas con las cuales Macron pretende – según sus propias palabras – modificar el Estado del Bienestar Social y los derechos laborales en Francia, por ser “un anacronismo en la economía globalizada”, poseen curiosidades que bien vale repasar a medida que nuestras lecturas nos introducen a los diferentes documentos presentados por el Presidente francés el 31 de agosto pasado.
            La tercera ordenanza relativa a “la prévisibilité et la sécurisation des relations de travail” ha sido aprobada el 22 de setiembre pasado con el número 1387. Su artículo 21 modifica el art. 1222.-9 del Código de Trabajo, que se encuentra en la Sección IV, Capítulo II, Título II Segundo libro, bajo el título de “teletrabajo”.
            La modificación permite al trabajador acordar con su empleador modalidades de trabajo, para que pueda desarrollar parte de la labor en su casa (o donde lo desee) y parte en la oficina o fábrica.
            La nuevas norma indica que el teletrabajo (y – aclara -  sin perjuicio de las normas de los trabajadores a domicilio) designa toda forma de organización del trabajo en la cual un trabajo que podría desarrollarse dentro de los locales del empleador, es efectuado por un trabajador asalariado fuera de esos lugares de forma voluntaria empleando las tecnologías de la información y de la comunicación.
            El teletrabajo debe ser regulado en el marco de un acuerdo colectivo, o en defecto, en el marco de una “carta” elaborada por el empleador previo aviso al comité social económico de la empresa. Hasta aquí – y más allá de las consideraciones sobre el acuerdo colectivo, la “carta” o disposición unilateral del empleador -, todo bien y diríamos “normal” en línea sobre lo que hemos estudiado tradicionalmente en materia de teletrabajo.       
            La novedad surge en la línea siguiente: El asalariado y el empleador pueden convenir de recurrir de modo ocasional al teletrabajo, formalizando un acuerdo entre ellos”. ¿Qué significa la posibilidad de recurrir “de modo ocasional” al teletrabajo? La expresión indica que ya sea el empleador o el trabajador pueden acordar que el asalariado pueda trabajar desde afuera de la empresa en forma parcial (por ejemplo, algunas horas y/o días de la semana), alternando trabajo “adentro” de la empresa y “fuera” de la empresa-
            La norma luego de indicar que el teletrabajador tiene los mismos derechos – individuales y colectivos – que el asalariado interno, agrega algo que importa:
            El empleador que rehúsa acordar el beneficio del teletrabajo a un trabajador que ocupa un puesto que puede organizarse en forma de teletrabajo, debe justificar su respuesta”.
            La norma agrega que en el acuerdo colectivo o en la “carta” elaborada por el empleador, deberá precisarse:
            1. Las condiciones del pasaje al teletrabajo y las condiciones de regreso a una ejecución del contrato sin teletrabajo;
            2. Las modalidades de aceptación por el asalariado de las condiciones en que se plantea el teletrabajo;
            3. Las formas de control del tiempo de trabajo o de la regulación de la carga de trabajo.
            4. La determinación de las franjas horarias durante las cuales el empleador puede habitualmente emplear al asalariado en el teletrabajo.
            La norma concluye señalando que el accidente que se produce, en ejercicio del teletrabajo, se presume como un accidente de trabajo.
            ¿Cómo han reaccionado los trabajadores frente a la norma?
            Alexandre Marín – que de hecho y de derecho – se ha transformado en nuestro corresponsal en París, nos comenta que esta norma está produciendo un gran revuelo en el país galo, y cada vez más trabajadores quieren sumarse a la posibilidad de ejecutar trabajo en la empresa y en su hogar.
            Evidentemente, la nueva norma sobre teletrabajo es un edulcorante que cubre la reforma laboral, para buscar popularidad entre los trabajadores. Mientes éstos piensan como proponer a su empleador un nuevo régimen laboral “casa-trabajo”, el 60% de los empresarios franceses rechaza esta posibilidad.
            La pregunta es si efectivamente los deseos de muchos trabajadores de teletrabajar parcialmente se cumplirán o si se impondrá el rechazo empresarial. ¿Acompañará Macrón esta idea, que está despertando entusiasmo entre muchos trabajadores franceses o la modificación normativa será simplemente tinta en papel para dar un barniz pro-labor a sus ordenanzas?
            No podemos hacer pronósticos, ni tirar conclusiones. Como en las mejores telenovelas, esta historia seguirá…

1 comentario:

  1. Hola Juan, en Colombia la Ley 1221 de 2008 regula el teletrabajo y entre sus modalidades incluye una parecida a la que se propone en Francia, que se denomina teletrabajo y se describe así: Suplementarios, son aquellos teletrabajadores que laboran dos o tres días a la semana en su casa y el resto del tiempo lo hacen en una oficina. Por lo demás, se reglamenta el teletrabajo como normalmente se entiende: trabajo que utiliza las tecnologías de la información para realizarse por fuera de la oficina o fábrica. Un abrazo, Oscar Blanco

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