Las 5 ordenanzas con las cuales Macron pretende –
según sus propias palabras – modificar el Estado del Bienestar Social y los
derechos laborales en Francia, por ser “un anacronismo en la economía
globalizada”, poseen curiosidades que bien vale repasar a medida que nuestras
lecturas nos introducen a los diferentes documentos presentados por el
Presidente francés el 31 de agosto pasado.
La
tercera ordenanza relativa a “la
prévisibilité et la sécurisation des relations de travail” ha sido aprobada
el 22 de setiembre pasado con el número 1387. Su artículo 21 modifica el art.
1222.-9 del Código de Trabajo, que se encuentra en la Sección IV, Capítulo
II, Título II Segundo libro, bajo el título de “teletrabajo”.
La modificación permite
al trabajador acordar con su empleador modalidades de trabajo, para que pueda
desarrollar parte de la labor en su casa (o donde lo desee) y parte en la
oficina o fábrica.
La nuevas norma indica
que el teletrabajo (y – aclara - sin
perjuicio de las normas de los trabajadores a domicilio) designa toda forma de
organización del trabajo en la cual un trabajo que podría desarrollarse dentro
de los locales del empleador, es efectuado por un trabajador asalariado fuera
de esos lugares de forma voluntaria empleando las tecnologías de la información
y de la comunicación.
El teletrabajo debe ser
regulado en el marco de un acuerdo colectivo, o en defecto, en el marco de una
“carta” elaborada por el empleador previo aviso al comité social económico de
la empresa. Hasta aquí – y más allá de las consideraciones sobre el acuerdo
colectivo, la “carta” o disposición unilateral del empleador -, todo bien y
diríamos “normal” en línea sobre lo que hemos estudiado tradicionalmente en
materia de teletrabajo.
La novedad surge en la
línea siguiente: “El asalariado y el empleador pueden
convenir de recurrir de modo ocasional al teletrabajo, formalizando un acuerdo
entre ellos”. ¿Qué significa la posibilidad de recurrir “de modo ocasional”
al teletrabajo? La expresión indica que ya sea el empleador o el trabajador pueden
acordar que el asalariado pueda trabajar desde afuera de la empresa en forma
parcial (por ejemplo, algunas horas y/o días de la semana), alternando trabajo
“adentro” de la empresa y “fuera” de la empresa-
La norma luego de
indicar que el teletrabajador tiene los mismos derechos – individuales y
colectivos – que el asalariado interno, agrega algo que importa:
“El empleador que rehúsa acordar el beneficio del teletrabajo a un
trabajador que ocupa un puesto que puede organizarse en forma de teletrabajo,
debe justificar su respuesta”.
La norma agrega que en el acuerdo colectivo o en la “carta” elaborada
por el empleador, deberá precisarse:
1. Las condiciones del
pasaje al teletrabajo y las condiciones de regreso a una ejecución del contrato
sin teletrabajo;
2. Las modalidades de
aceptación por el asalariado de las condiciones en que se plantea el
teletrabajo;
3. Las formas de
control del tiempo de trabajo o de la regulación de la carga de trabajo.
4. La determinación de
las franjas horarias durante las cuales el empleador puede habitualmente
emplear al asalariado en el teletrabajo.
La norma concluye
señalando que el accidente que se produce, en ejercicio del teletrabajo, se
presume como un accidente de trabajo.
¿Cómo han reaccionado
los trabajadores frente a la norma?
Alexandre Marín – que
de hecho y de derecho – se ha transformado en nuestro corresponsal en París,
nos comenta que esta norma está produciendo un gran revuelo en el país galo, y
cada vez más trabajadores quieren sumarse a la posibilidad de ejecutar trabajo
en la empresa y en su hogar.
Evidentemente, la nueva
norma sobre teletrabajo es un edulcorante que cubre la reforma laboral, para buscar
popularidad entre los trabajadores. Mientes éstos piensan como proponer a su
empleador un nuevo régimen laboral “casa-trabajo”, el 60% de los empresarios
franceses rechaza esta posibilidad.
La pregunta es si
efectivamente los deseos de muchos trabajadores de teletrabajar parcialmente se
cumplirán o si se impondrá el rechazo empresarial. ¿Acompañará Macrón esta
idea, que está despertando entusiasmo entre muchos trabajadores franceses o la
modificación normativa será simplemente tinta en papel para dar un barniz pro-labor a sus ordenanzas?
No podemos hacer
pronósticos, ni tirar conclusiones. Como en las mejores telenovelas, esta historia seguirá…
Hola Juan, en Colombia la Ley 1221 de 2008 regula el teletrabajo y entre sus modalidades incluye una parecida a la que se propone en Francia, que se denomina teletrabajo y se describe así: Suplementarios, son aquellos teletrabajadores que laboran dos o tres días a la semana en su casa y el resto del tiempo lo hacen en una oficina. Por lo demás, se reglamenta el teletrabajo como normalmente se entiende: trabajo que utiliza las tecnologías de la información para realizarse por fuera de la oficina o fábrica. Un abrazo, Oscar Blanco
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