Escribo
desde Valparaiso, donde me encuenrro en la reuníón anual del grupo de
laboralistas, conocido como “Ex Becarios de Bologna – Castilla La Mancha”.
Umberto
Romagnoli, insigne profesor italiano y fundador del Grupo, ha enviado un
mensaje, que en menos de dos páginas resume ideas, que necesito compartir con
ustedes.
Con la
crisis del Derecho del trabajo no todo se pierde. Habrá mutaciones, pero
quedarán para siempre. los derechos constitucionales de ciudadanía, que se
originaron en ese modo de pensar y modelo de sociedad que fue la organización
de la producción de la fábrica fordista: En buen romance, sea cual sea el futuro
de nuestra disciplina, nadie nos quitará los derechos de ciudadanía, que en
definitiva son nuestros derechos humanos, los derechos generados en el entorno del trabajo
Sigue
el texto íntegro:
Umberto Romagnoli: “Dos son los componentes fundamentales
del derecho del trabajo del siglo XX. Del primero, se deduce que este último no
se habría formado si el modo de producir en la fábrica fordista no se hubiera
impuesto además como un modo de pensar, un estilo de vida, un modelo de
organización de la sociedad en su conjunto. Del segundo, que el derecho del
trabajo no habría asumido la forma triunfal que pudo exhibir de sí mismo
durante el “largo momento socialdemocrático de la Europa de la segunda
posguerra”, si la Rusia soviética no hubiese atemorizado al Occidente
capitalista, orientándolo a mostrarse tolerante respecto del reformismo de las
fuerzas políticas y sociales que preconizaban un derecho a la medida del
hombre. Por consiguiente, tanto el tránsito a la sociedad postindustrial como
la caída de la revolución de octubre teatralizada por la implosión de la URSS,
han empujado a multitudes de comunes mortales - para ganarse la vida -, a
trabajar por cuenta ajena, a adentrarse en un gigantesco proceso de mutación
antropológico-cultural cuyo signo conclusivo más evidente ha sido la reducción
de la distinción entre derecha e izquierda a categorías del código del
tránsito. A todo ello, además, se debe añadir el hecho de que tampoco el
capitalismo es el mismo de la edad de la industrialización. Se ha
“financiarizado” y, al pasar de las economías de escala a las economías de gama
en un mercado globalizado, ha provocado cambios ya sea en el mismo trabajo que
en la concepción que tenemos de él. Ahora, perdido su perfil identificador y la
unidad espacio-temporal que tenía en el pasado, tampoco es ya el mismo de
antes. Al trabajo culturalmente y políticamente hegemónico de la sociedad
industrial le ha sucedido la galaxia de los minitrabajos. Minúsculos.
Heterogéneos. Precarios. Nadie, sin embargo, conseguirá nunca convertir el
empeoramiento generalizado de los estándares protectores relativos al
trabajador, en un pretexto para anular el pasaporte que permitió al pueblo de
las personas del overoll azul y las manos callosas acceder al status de la
ciudadanía, del que ha sido artífice y hoy es garante la constitución. Esto
estaba en la valija del derecho del trabajo que se presentó en el control
fronterizo del nuevo siglo y esto es lo que le han permitido llevar consigo. La
cosa es explicable. Si el trabajo industrial llegó al apogeo de su emancipación
en el momento en que las constituciones de las democracias contemporáneas
hicieron de él la fuente de legitimación de la ciudadanía, en la sociedad de
los trabajos los derechos de ciudadanía pertenecen también a quien busca
trabajo y no lo encuentra; a quien lo pierde también injustamente, y a quien,
más por necesidad que por elección, tiene muchos trabajos y todos distintos.
Por lo tanto, hay la necesidad de reajustar el centro de gravedad de la figura
del ciudadano-trabajador, trasladando el acento del segundo término al primero:
o sea, desde el deudor de trabajo hacia el ciudadano en cuanto tal. En el
lenguaje de los ingenieros-arquitectos que tienen cierta familiaridad con la
cultura de la emergencia sísmica, se podría hablar de una relocalización del
derecho del trabajo. Dicho de otro modo: no todo es reversible, y es justo
reconocer que el punto de no retorno lo estableció precisamente el derecho del
trabajo del siglo XX.
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