La nueva reforma
del sistema de relaciones laborales en Italia (denominada con el anglicismo Jobs Act) permitirá al empleador
controlar los datos y las comunicaciones de sus trabajadores en el lugar de
trabajo o durante el tiempo de trabajo, porque también se autoriza el monitoreo
de sus desplazamientos con nuevos y sofisticados sistemas de seguimiento. Las nuevas normas modifican el art. 4 de la Ley
300 de 1970 conocida como Statuto dei Lavoratori,
que expresaba: “Se prohibe el uso de instalaciones audiovisuales y otros
instrumentos que tengan por finalidad el control a distancia de la actividad de
los trabajadores. Aquellas instalaciones de control que sean necesarias por
exigencias organizativas y productiva o por la seguridad del trabajo podrán ser
instaladas solo con acuerdo previo de las organizaciones sindicales”.
La modificación
permite – sin necesidad de acuerdo sindical – que el empleador pueda controlar el
uso que el trabajador haga de los elementos tecnológicos de la empresa. De este
modo no solo podrá acceder a la computadora, los emails, chats, etc., sino que
podrá reastrar su presencia en horario de trabajo, adentro o fuera de la
empresa a través de celulares o sistemas de identificación de acceso o los llamados
“badge”, identificadores que operan también a distancia.
Se intensifica así en una
país – donde eran reconocidas las tutelas sobre la privacidad e intimidad del
trabajador – la llamada telesubordinación.
Conocí una época
en que un empleador, si pinchaba el teléfono de su secretaria para escuchar las
conversaciones, era considerado un psicópata. Hoy todo vale y fisgonear
comienza a volverse algo común y aceptado en la relación de trabajo.
Más allá
de la inevitable violación de toda privacidad, lo que más resisto es la
humillación de ser controlado “por otro”, poder que no admite reciprocidad.
¡Chaplin lo había previsto en su película “Tiempos Modernos”!
Alguien podrá decir: el “buen trabajador” a nada
deberá temerle, porque el control a distancia no perjudica a quien cumple con
su deber laboral. A ellos respondo que el tema es más complejo que el
cumplimiento del “deber laboral”. Cuando yo doy una clase en facultad creo que
lo hago con la mayor responsabilidad y cumpliendo con atención mi deber. ¿Pero que sucedería si monitorearan mis clases?
Seguramente me
sentiría “observado”, “juzgado”, “comentado” por quienes no tienen interés en
mi clase, pero sí están atentos en donde puedo fallar o cual es mi punto
vulnerable o si soy jocoso o aburrido. Seguramente – una vez monitoreado –
cambiaría el estilo con que doy mis clases; éstas serían asépticas y formales,
sin ningún tipo de creatividad (temeroso que se juzgue mal mi eventual
creatividad). En otras palabras, dejaría de ser el mismo docente, para transformarme
en un... docente controlado a distancia. Como los modernos juguetes que se
regalan a los niños en Navidad.