También este año, la institución
CADE me ha invitado para integrar el panel jurídico multidisciplinario - que
convoca habitualmente en el mes de noviembre - para hacer un balance de las
realidades del año 2022 y marcar perspectivas en las diversas materias, en mi
caso las relaciones laborales.
A continuación, comparto el
comentario realizado esta mañana en el evento que tuvo lugar en el Auditorio de
Antel.
Al
realizar un análisis de las “RRLL 2022” en el espacio limitado de esta intervención,
opto por dividir mi exposición en tres momentos: el “antes”, la “pandemia”, el
“ahora y las perspectivas”.
El antes
En el mes de agosto de 2019 fui invitado por
la Consultora PwC para intervenir en una mesa redonda con mis colegas Jorge
Rosenbaum y Hugo Barretto sobre el tema
“¿La
legislación laboral uruguaya exige ser reformada?”.
Eran tiempos en que ya se percibía la
posibilidad de que la llamada Coalición accediera al Gobierno Nacional y en esa
oportunidad expresé que si ganaba la oposición (hoy Gobierno), no imaginaba
innovaciones radicales y entendía que las nuevas autoridades no modificaría
sustancialmente la legislación laboral.
Solo imaginaba tres cambios:
1. A nivel de Consejos de salarios,
y en cumplimiento de las Recomendaciones de la OIT, se ajustarían algunas normas de la Ley 18.566
con referencia a la ultractividad y la eliminación de las condiciones de
trabajo como objeto de negociación;
2. También en base a la observación
de la OIT se aprobaría un decreto o una ley que asegurara, en caso de ocupación
de los lugares de trabajo, el derecho de los propietario de la empresa y de los
trabajadores de ingresar al establecimiento.
3. En materia de seguridad social,
se plantearía una reforma del sistema.
Los aplausos en esa circunstancia
fueron medidos y seguramente decepcioné a más de un participante, que imaginaba
cambios radicales en la legislación laboral - en particular la sindical -, si
ganaba la Coalición.
A quienes cuestionaban con elegancia
mis sobrias previsiones, contestaba que en las relaciones laborales, más que
los resultados electorales importaba la ecuación de poder de los actores del
sistema. Citaba en mi apoyo opiniones de distinguidos colegas, que expresaban: “las relaciones laborales son relaciones de
fuerza, donde lo que importa es determinar quien toma las decisiones y de que
manera...” (Gerardo Cedrola); “Las relaciones laborales son relaciones de
poder, afectadas inevitablemente por la estructura económica y política de la
sociedad en donde operan las partes” (Héctor Lucena). Desde esa perspectiva,
entendía que los vínculos de poder Estado/Empresarios/Sindicatos permanecería
sustancialmente los mismos en los siguientes cinco años.
La
pandemia
La emergencia sanitaria del Covid 19 implicó un rápido
reacondicionamiento del nuevo gobierno ante un hecho de inusuales e
imprevisibles características. Ante la grave situación, el Gobierno recurrió a instrumentos
muy afinado en nuestro sistema económico y social: el recurso a las
políticas públicas para contener las graves consecuencias del desempleo
emergente. Lo hizo bien: seguramente existe un consenso general positivo sobre
las herramientas aplicadas por el Gobierno en la difícil coyuntura, pero
también se visualizó la importancia y el valor de las políticas públicas,
muchas veces criticadas o desacreditadas.
En tal sentido, la pandemia confirmó
que las políticas públicas son un instrumento de equilibrio del sistema
económico y laboral uruguayo, cualquiera sea el Gobierno de turno.
El
ahora y el después
Como indiqué al comienzo del post, en
Agosto 2019, imaginaba pocos y precisos cambios en las reglas del sistema de
relaciones laborales, en caso de ganar - como ganó - la llamada Coalición.
En
definitiva, y “con el diario del lunes”, ¿cuáles han sido las modificaciones
introducidas en la regulación del sistema?
a)
Severos límites a las ocupaciones de los
lugares de trabajo (art. 392 de la LUC, complementado por el Decreto 281/2020);
b)
Probable ajuste de la Ley 18.566 en las próximas semanas, en respuesta a las
Recomendaciones de la OIT, que afectará básicamente la ultractividad de los
convenios colectivos, sin eliminar un tema de mayor importancia como es la
posibilidad que las partes negocien condiciones de trabajo en los Laudos
de los Consejos de Salarios.
c) El tema de la personería jurídica, que también debería recibir aprobación
parlamentaria y que entiendo necesaria toda vez que la actividad sindical
implica operaciones patrimoniales y bancarias: el riesgo es que el legislador
quiera aprobar a pretexto de la personería jurídica un verdadero registro
sindical, con lo cual me parece más factible establecer reglas similares a la
personería jurídica de cualquier institución nacional.
Los
ejes del sistema en cambio no han cambiado, no se han reformado. Es más, entiendo
que se consolidan y ellos son:
-
El régimen de Consejos de salario, como columna vertebral del sistema;
-
La negociación colectiva bipartita principalmente a nivel de actividad;
-
La vigencia de la Ley 17.940 de libertad sindical;
Quedan
así fuera del debate, cuestiones que podrían haberse discutido a nivel político
y parlamentario como la posibilidad de definir un concepto de huelga, la regulación del sistema sindical (elección
de autoridades, votaciones, distintos tipos de organización, etc.), las reglas
sobre los actos antisindicales.
Los temas y problemas del futuro inmediato:
¿Que cuestiones se
plantearán en los próximos dos años, que preceden elecciones nacionales?
Seguramente el debate se concentrará
especialmente sobre la reforma de la seguridad social, que plantea problemas complejos y que necesitan encontrar
soluciones. Pero el debate será funcional a la confrontación electoral: de
aprobarse la ley, mi pregunta es: ¿las hojas de votación de las próximas
elecciones nacionales estarán acompañadas por una papeleta que plantee un
referéndum contra la ley, en caso de su aprobación?
Finalmente
seguirá en el “debe” de las relaciones laborales una discusión a fondo de los
actores sociales sobre el impacto de las tecnologías en el sistema. Me refiero
a cuestiones como la expansión de la Inteligencia Artificial, la protección de
datos personales, el trabajo en realidades inmersivas (metaverso), la
transparencia de los algoritmos, el derecho a la reputación digital del
trabajador y del empleador, etc. Son los temas del futuro “que se vienen”, pero
que aún interesan a pocos operadores, que miran estas novedades como
expresiones de ciencia ficción, sin entender que la ciencia ficción se ha
vuelto hoy “ciencia”.
A
modo de conclusión, corresponde de todos modos señalar que vivimos un sistema
particularmente dinámico de las relaciones laborales, en el que éstas se
entrecruzan con la economía y la política: ¿es bueno, es malo? Aunque a veces
estemos disconformes o contrariados, sigo entendiendo que el debate - aún
intenso, y siempre que se desarrolle en los causes legales - es expresión de la
buena salud de la democracia.
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