Muchos creen que el trabajo subordinado, tal cual hoy lo
conocemos, caracterizó todas las épocas de la humanidad. No es así. Es más, el
trabajo asalariado – comparativamente – es reciente: nació con el maquinismo de
Watt a fines del siglo XVIII, se desarrolló y llegó a su plenitud a mitad del
siglo XX. Como toda realidad vital, nació, se desarrolló y hoy ha comenzado su período de decandencia.
¿Ha cumplido su ciclo? ¿Está en vía de extinción? ¿Otras formas de trabajo caracterizará la
segunda mitad del siglo XXI?
La voz de alarma no la
damos nosotros, sino nada menos que el Director General de la OIT, Guy Ryder, quien
fuera Secretario General de
la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres
(CIOSL) de 2002 a 2006 y Secretario General de la Confederación
Sindical Internacional (CSI) de 2006 a 2010. Ryder alerta
sobre las mutaciones del trabajo. En su Informe General sobre las “Perspectivas
sociales y del empleo en el Mundo 2015” se
pregunta ¿qué está cambiando
el mundo del trabajo? Los contratos subordinados permanentes, ¿son la norma o
la excepción?
Un dato indica
la situación actual: sólo una cuarta parte de los trabajadores del mundo tiene
una relación de empleo estable, las otras tres cuartas partes de los
trabajadores están empleados ya sea con contratos temporales o a corto plazo,
en empleos informales con frecuencia sin ningún contrato, como cuentapropistas
o en empresas familiares sin remuneración. Otros datos marcan el ocaso del
trabajo subordinado típico: “más de 60 por ciento de todos los trabajadores carece
de cualquier tipo de contrato de trabajo; la mayoría de ellos están empleados
en trabajos por cuenta propia o como trabajadores familiares auxiliares en el
mundo en desarrollo. Sin embargo, aún entre los trabajadores asalariados, menos
de la mitad (42 por ciento) tiene un contrato permanente”.
Otra tendencia actual es el
incremento del trabajo a tiempo parcial, sobre todo entre las mujeres jóvenes.
En la mayoría de los países con información disponible, los empleos a tiempo
parcial crecieron con mayor rapidez que los empleos a tiempo completo entre
2009 y 2013.
“Estos nuevos datos – declara Guy
Ryder - indican un mundo de trabajo cada vez más diversificado. En algunos
casos, las formas atípicas de empleo pueden ayudar a las personas a ingresar en
el mercado laboral. Pero estas tendencias emergentes son también el reflejo de
la inseguridad generalizada que afecta a muchos trabajadores en el mundo hoy
día”. Y agrega: “El camino a seguir es
garantizar que las políticas tomen en cuenta la evolución de la manera en que
trabajamos en la actualidad."
La
afirmación no la realiza un empresario que desea que el trabajo atípico siga
cursos diferentes al trabajo subordinado. La efectúa el Director General de la
OIT, quien ha sido un importante dirigente sindical a nivel mundial.
El punto central no es
desregularizar la prestación de trabajo para otros, sino regularla de
conformidad con las mutaciones y los cambios en que se ejecuta el mismo. “La cuestión fundamental es concordar la regulación con un mercado laboral cada vez más diversificado”, declaró por su parte Raymond Torres, Director del Departamento de Investigación de la OIT y principal co-autor del informe. “Las regulaciones bien concebidas pueden apoyar tanto el crecimiento económico como la cohesión social”.
El modelo histórico de trabajador subordinado se diluye. Pero no es uniforme el “nuevo trabajo”. El espectro de nuevos vínculos laborales es amplio. Por un lado existe una amplia explotación de trabajadores con mínima formación y que viven en situaciones de trabajo “negro”; por otro una gran masa de trabajadores autónomos o semiautónomos que dependen de una sola empresa, y finalmente los “nuevos trabajadores" que apoyados en las tecnologías y la nueva “cultura” individualista representan una nueva “clase”.
Estos últimos, generalmente jóvenes, – apoyados precisamente
en las tecnologías - procuran mayor libertad personal (no están obligados a
horarios y lugares fijos) y una mayor retribución. Este “nuevo trabajador” posee una especial autonomía funcional
(flexibilidad horaria, indeterminación del lugar de trabajo, independencia
técnica), que lo distancia de la vieja figura del trabajado industrial
(subordinado técnica y jurídicamente a una compleja y rígida estructura
empresarial).
Hoy conviven diferentes tipos de
organización empresarial y diferentes tipos de trabajadores. ¿Como
regular formas de trabajo tan disímiles? ¿debemos ser fieles a un derecho del
trabajo único para regular lo que ha sido su objetivo tradicional, el trabajo
subordinado típico? O ¿debe aceptarse la realidad de un mercado de trabajo
fragmentado y buscar respuestas jurídicas diferentes a partir de esa
diferencialidad, como acontece en Europa?
Montoya
Melgar, relevante juslaboralista español, expresa: “la idea (tan grata a la
razón y al sistema) de un Derecho del Trabajo común y único para todo tipo de
actividad laboral, choca frontalmente con la pluralidad de modalidades de
trabajo y con la diversidad de tratamientos que esas modalidades requieren“.
Las
preguntas son para todos quienes estamos comprometidos con las relaciones
laborales, pretendiendo tutelas adecuadas para todos.
Un tema a
pensar, discutir y seguir...
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